El Instituto Nacional de Estadística (INE) ya ha definido el nuevo índice que sustituirá al IPC como referencia para la actualización anual de los contratos de alquiler, con el fin de ‘evitar subidas desproporcionadas del alquiler’ y moderarlas cuando estas rebasen el 2%.
El nuevo indicador se aplicará a los contratos firmados tras la entrada de la ley de Vivienda, el 25 de mayo de 2023, y su primera publicación será el día 2 de enero.
Estadística cumple así con el mandato impuesto en la ley de Vivienda que establecía que la entidad debía generar antes del 31 de diciembre de 2024, ‘un índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda que se fijará como límite de referencia a los efectos del artículo 18 de esta ley, con el objeto de evitar incrementos desproporcionados en la renta de los contratos de arrendamiento’.
La nueva metodología tendrá en cuenta la tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo (IPC), la tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo subyacente y la tasa de variación anual media ajustada. Esta última es la fórmula que ha diseñado el INE junto a Economía y Vivienda con el fin de que no se sobrepase la tasa mensual del IPC y se moderen las subidas de los contratos cuando estas superen el 2%. Entre los tres índices, se elegirá cada mes el que menor valor marque para actualizar los alquileres.
FUENTE: NOTICIAS TECNOCASA